Ofrecemos a nuestros clientes el servicio de legalización de instalaciones de fotovoltaica para autoconsumo, para instalaciones de particulares, como proyectos de más de 10kw
Para legalizar las instalaciones de fotovoltaica es necesaria una documentación diferente en función de la potencia a instalar, pero no influye, ya sea CON o SIN excedente, y CON o SIN compensación
Documentación necesaria para cada tipo de instalación fotovoltaica
Menor o igual de 10 Kw
- Boletín Eléctrico
- Memoria Eléctrica
- Legalización
Entre 10 Kw y 25 Kw
- Boletín Eléctrico
- Proyecto
- Legalización
Entre 25 Kw y hasta 100 Kw
- Boletín Eléctrico
- Proyecto
- OCA
- Legalización
RD 244/2019 de 5 de Abril
Desde la entrada del nuevo Reglamento en 2019, ha cambiado la forma de legalizar las instalaciones. Nuestra experiencia no solo se centra en el área de la Fotovoltaica, ya que tenemos más de 10 años de experiencia en la realización de proyectos, memorias y boletines de electricidad.En esta imagen se puede ver la última legalización de una instalación de fotovoltaica
Tramitación para legalización fotovoltaica
Las instalaciones de hasta 100 kW de potencia instalada se tramitarán a través de las herramientas telemáticas en función de si tienen suministro externo o no:
SÓLO LAS QUE NO SON DE AUTOCONSUMO (NO EXISTE SUMINISTRO ELECTRICO EXTERNO), Y SU POTENCIA NO REQUIERA PROYECTO.
TECI (Tramitador Electrónico de Certificados de Instalación) Las instalaciones de baja tensión que no requieran proyecto ni certificado de dirección técnica se tramitarán a través del Sistema TECI que permite la presentación telemática de los certificados de instalación (CI), la documentación técnica correspondiente (MTD) y la puesta en servicio de estas instalaciones. El sistema TECI se regula por la Orden de 24 de octubre de 2005 (BOJA nº217 de 7 de noviembre de 2005).
TODAS LAS INSTALACIONES DE AUTOCONSUMO SERÁN POR EL TRAMITADOR PUES
PUES (Puesta En Servicio) En lo relativo a las instalaciones de autoconsumo, que permite la tramitación telemática de la puesta en servicio de las instalaciones no sometidas a autorización administrativa que no se encuentren en el ámbito del sistema TECI. El sistema PUES se regula por Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005 (BOJA nº 48 de 11 de marzo de 2013).
*Obtenido de la GUIA IDAE Guía Profesional de Tramitación del Autoconsumo
Preguntas Frecuentes
1¿Dónde trabajamos?
Hacemos memorias técnicas y proyectos de fotovoltaica, así como estudios de viabilidad de fotovoltaica en toda Andalucía: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Jaén, Huelva, Málaga, Sevilla
2¿Cúal es el precio de la legalización de una instalación de autoconsumo de menos de 10 Kw?
Depende de la potencia, donde se ubique la instalación y las características propias
3¿Realizáis legalizaciones para instalaciones que realicen otros?
Si, trabajamos a demanada del cliente así que realizamos proyecto eléctrico de fotovoltaica, boletín eléctrico, o memoria técnica de otros instaladores
4¿Realizáis instalación completa de fotovoltaica?
Si, realizamos el servicio completo "llave en mano". Puede obtener más información aquí: Fotovoltaica
Trabajamos en Andalucía
Damos servicio en toda Andalucía